
05 Dic Dos seguros obligatorios
La DGT obliga a disponer de dos seguros a algunos vehículos que incorporen remolque o caravana. Además de eso, el añadido de estos complementos supone asumir y cumplir otras normas de circulación.
Cofre
La alternativa al remolque es el cofre de techo. Altera menos la conducción y no comporta trámite alguno. Bien es cierto que tiene unas medidas más limitadas, con lo cual solo será útil para transportar equipaje relativamente ligero que no pueda albergar el maletero de tu vehículo. Ante bultos grandes, la solución es el remolque.
Remolque
Se trata del elemento Ideal para transportar vehículos como bicicletas, motos, quads o cualquier cosa de gran tamaño. Del mismo modo que ocurre con las caravanas, deberás informarte sobre si es obligatorio que, además de tu coche, el remolque tenga también una póliza propia y vigente.
Clases de remolque
Existen los ligeros, con MMA (Masa Máxima Autorizada) inferior o igual a 750kg, y los no ligeros, con MMA mayor a 750kg. En el caso de los primeros, solo se necesita el permiso de conducir B, el estándar, y ningún seguro suplementario. En el caso de los remolques no ligeros, deberás contar, además de con seguro adicional, con el permiso B96. Por encima de los 4.250kg se requiere un permiso especial, el B+E. Además, los remolques deben circular con matrícula, con una placa roja situada en la zona trasera.
No cumplir con esta serie de normas comporta su pertinente sanción. En el caso de circular con remolque y sin seguro, la multa va de los 600 a los 3.000€.
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