22 Oct Las luces obligatorias para pasar la ITV
Las luces son uno de los elementos de nuestro vehículo a los que prestan más atención los inspectores de la ITV, ya que es muy importante para la seguridad al volante. Es muy fundamental que a la hora de conducir (más si es de noche), tu puedas ver y que los demás que están circulando por la vía te vean. Por ese motivo si alguna de las luces obligatorias no funciona es difícil que puedas pasar la ITV.
Es importante saber que en la ITV las luces se comprueban mediante una inspección visual. Se mira que funcionen, que estén bien posicionadas en el vehículo, que el color sea el adecuado , que el vehículo cuente con el número de luces obligatorias y finalmente el estado de los dispositivos. Si alguno de estos falla va a suponer una ITV desfavorable.
Así que sabéis ¿qué luces son obligatorias automóviles? ¿Y para motocicletas?
¿Qué luces obligatorias son para automóviles?
En esta categoría incluimos a los turismos, vehículos ligeros, furgonetas, camiones y autobuses. Alguno de ellos tienen algunas características especiales. Las luces obligatorias para automóviles son las luces de posición (delanteras y traseras, las de cruce (cortas), las de carretera (largas), la de marcha atrás, la placa posterior de la matrícula, el antiniebla trasero, las luces de marcha atrás, los catadióptricos traseros no triangulares. En los vehículos de servicio público de viajero o alquiler con conductor, son obligatorias las luces en el interior.
Además, los vehículos que superen los 6 metros de longitud deberán añadir los catadióptricos laterales no triangulares y el alumbrado de posición lateral. Los vehículos de las clases M,N y O que superen los 2,10 metros de anchura también deben llevar la luz de gálibo obligatoria para superar la ITV.
Finalmente, si queremos incorporar luces de LED o diurnas , se deben especificar en la ficha técnica ya que estas no son obligatorias.
¿Cuáles son las luces obligatorias para motos y ciclomotores?
Las luces obligatorias para pasar la ITV de motos (con o sin sidecar) son, las luces de cruce y de carretera, de frenado , de la placa posterior de la matrícula, las luces de posición delantera y trasera, catadióptrico trasero no triangular y finalmente el alumbrado de indicación o intermitentes.
En cambio, las luces obligatorias para ciclomotores son diferentes. Estos deben estar equipados con la luz de cruce, luz de frenado, luz de posición trasera y catadióptricos traseros y laterales no triangulares.
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josep calvet
Publicado en 11:27h, 22 octubrejosep calvet
buenos dias
el otro dia no pase la itv por que no funcionaba el intermintente derecho del retrovisor de mi touareg,
esto es asi???
@applus
Publicado en 14:22h, 25 octubreHola Josep, si en el informe lo especificó así, es correcto. Saludos,
Manuel
Publicado en 19:43h, 07 marzoSi, cómo todo el mundo sabe, uno se mata si no le funciona el intermitente de un retrovisor.
Javier
Publicado en 13:13h, 07 noviembreNo me queda claro el tema de luces LED. Si quiero cambiar las lámparas de mi coche que son H4 incandescentes por un modelo H4 LED, ¿hay algún problema?
En el articulo parece que solo se hace referencia a las luces diurnas.
Muchas gracias
@applus
Publicado en 09:04h, 19 diciembreHola Javier. Se trata de un cambio de las características del sistema de alumbrado por lo que es necesario legalizarlo en la estación ITV aportando informe de conformidad emitido por el fabricante del vehículo o un servicio técnico de reformas y un certificado de taller. Saludos
Israel
Publicado en 03:15h, 17 septiembrePuedo pasar itv con la luz diurna fundida? Saludos
@applus
Publicado en 22:05h, 25 octubreHola Isarael. En caso de que las luces diurnas no funcionen se aplicaría defecto leve. En caso de desinstalar las luces diurnas sería considerado defecto grave por reforma de desinstalación de dispositivos de alumbrado. Saludos
Roberto arias
Publicado en 16:16h, 07 noviembreHola buenas , por lo que leeo ,solo es obligatorio la luz de freno en las motos?
@applus
Publicado en 16:10h, 18 diciembreHola Roberto. Las luces de freno son obligatorias tanto en motos y motocicletas.
Te dejo en negrita donde lo dice.
Las luces obligatorias para pasar la ITV de motos (con o sin sidecar) son, las luces de cruce y de carretera, de frenado , de la placa posterior de la matrícula, las luces de posición delantera y trasera, catadióptrico trasero no triangular y finalmente el alumbrado de indicación o intermitentes.
En cambio, las luces obligatorias para ciclomotores son diferentes. Estos deben estar equipados con la luz de cruce, luz de frenado, luz de posición trasera y catadióptricos traseros y laterales no triangulares.
Joan
Publicado en 18:11h, 08 mayoHola,
Me gustaria instalar en mi moto unas luces de carretera adicionanes. Si la moto ya lleva las de serie ¿Puedo instalar dos luces de carretera adicionales que se enciendan simultáneamente? ¿Qué criterios debe cumplir? ¿Pude rechazarse unas luces con homologación dell fabricante?
¡Muchas gracias!
José Alberto Luis Estévez Actual
Publicado en 00:46h, 10 diciembreHola. Tengo tres led en cada faro de u. Total de 7 en cada faro fundidas de la luz diurna. Motocicleta. Pasa? Pasa con defecto?
@applus
Publicado en 13:40h, 17 diciembreHola. Cuando sea posible determinar el número de diodos LED de cada óptica, en los dispositivos LED, se entiende que afecta a su función (defecto grave – inspección desfavorable) cuando fallan más de 2/3 de los diodos de cada óptica. En los dispositivos de más de una fuente de luz, se entiende que afecta su función cuando no funciona ninguna de dichas fuentes. Si falla menos de 2/3, no hay defecto. Saludos
pepe
Publicado en 20:41h, 07 noviembreHola buenas.
En lo que no estoy de acuerdo es que no permitan mejorar las luces de posición de los coches/motos, porque mas allá de que el ingeniero de la itv se cabree porque has reemplazado la típica bombilla velita de posición por una de Led Homologada en la CE , Ya que atrás de una bombilla Led homologada CE hay un gran equipo de ingenieros también y no puede ser que pidan un proyecto que cuesta al menos €160 al ingeniero + €XX para las pruebas de laboratorios + lo que te cobran otra vez en la ITV para poder incluir unas bombillas Led de posición de un coche antiguo o moto en la cual NO incumple el Reglamento 128 de la Comisión Económica para Europa (CEPE) de las Naciones Unidas que versa sobre las Disposiciones uniformes sobre la homologación de fuentes luminosas de diodos electroluminiscentes (LED) para su utilización en luces homologadas de vehículos de motor y de sus remolques, Siendo el justificativo el tipo de diseño de óptica con luces halógenas ( digase corto y largo alcance, aunque no se dice. ) por la distorsión de la luz que podría causar la luz led, cuando indudablemente es una mejora inmediata que puede incluso hasta evitar accidentes por su gran visibilidad en comparación ha las antiguas bombillas velas.
Personalmente he llevado a diferentes sitios para hacer observar la influencia de una luz de posición con el diseño de un faro (pruebas ópticas, reflejos, visión, brillo, etc.) y no incumple ninguno de los parámetros ya que no podemos carecer de la iluminación suficiente de una luz de posición normal a una Led, Ni deslumbrar a otros conductores con una luz de posición o no contar con la iluminación adecuada en las curvas.
El Anexo X del Reglamento General de Vehículos, “Dispositivos de alumbrado y señalización óptica 1, describe las funciones de cada uno de los elementos de iluminación en las motocicletas: por ejemplo
1.4 Luz de posición delantera: la luz utilizada para indicar la presencia y la anchura del vehículo, cuando se le vea desde delante. ( no veo que una luz Led de Posición incumpla nada, sino todo lo contrario. Creo que supera con creces que nos verán mas y con un ahorro de batería considerable si el caso fuese de Noche para ser Visto y evitar un accidente.
Imagino que la contestación como de costumbre es alguna escusa barata en ves de abordar el tema para mejorar la opción de que no nos cueste un Riñón evitar accidentes incluso salvar vidas como puede suceder en una Moto.
Por mi caso soy médico, seguro que podrían esforzarse más en mejorar algunas lagunas de estas normas, ayudando más y cobrando menos.
Para los que hemos vivido en otros países lo sabemos muy bien lo difícil que se hace ir a la ITV cada vez.
Dentro de nada tendremos que montar una unidad de ayuda psicológica para todas aquellas personas que tienen que ir a dicho lugar. Pueden hacer sus propias estadísticas y si de 100 personas solo una dice que ir a la ITV no es un trauma, púes será que trabaja ahí.
Por Razones obvias no me llamo pepe ni este es mi correo ya que no me fío ni un pelo de las ITV.
Jose
Publicado en 22:19h, 07 noviembreHola
Tengo un VW Caddy taxi adquirido en mayo de este mismo año 2018 con luces diurnas de serie.
Mi pregunta es: ¿puedo “anularlas” y pasar la ITV con el resto de luces obligatorias del coche?
Muchas gracias
Saludos
@applus
Publicado en 09:04h, 19 diciembreHola Jose. Cualquier modificación en el sistema de alumbrado, así como la adición o eliminación de dispositivos de alumbrado o señalización respecto a los de origen, supone una reforma en el vehículo que es necesario legalizar en una estación ITV. Para ello es necesaria la aportación de un informe de conformidad emitido por el fabricante del vehículo o un servicio técnico de reformas y un certificado de taller. Saludos
Ruben
Publicado en 17:17h, 27 febreroHola
Recientemente se me ha fundido una bombilla de luz de cruce y la he cambiado por otra de más intensidad. Es decir, ahora mismo tengo una luz de cruce Philips «normal» H7 12V 55W (punta gris) y la nueva que he puesto, que es una Philips WhiteVision (Efecto Xenon H7) 12V 55W (punta azul) (la cual parece que es más blanca y con más visibilidad). La duda es si me pueden echar para atrás en la ITV al no ser idénticas.
Un saludo
@applus
Publicado en 12:02h, 01 marzoHola Ruben. Aunque es recomendable que las dos bombillas sean del mismo tipo con el objetivo de que la intensidad del alumbrado sea lo más uniforme posible, el hecho de que las bombillas sean de diferente marca o con diferente potencia no afecta a las comprobaciones realizadas durante la inspección del alumbrado del vehículo.
RAFAEL
Publicado en 17:21h, 03 abrilHola, Ayer mi VESPA PK 75 S Junior de 1984 no pasó la ITV por que la moto no lleva luz de posición en el faro delantero de origen y así se homologó, matriculó y pasó todas la ITVs anteriores. Aunque en el momento de la homologación no era necesario, me dicen en la estación que debo añadirla al faro delantero. Es posible? gracias
@applus
Publicado en 09:03h, 10 mayoHola Rafael, el Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones ITV, elaborado y publicado por el Ministerio de Industria, indica que en motocicletas es obligatoria la luz de posición delantera.
Vespa T5
Publicado en 12:49h, 02 octubreTengo el mismo problema con una Vespa T5 completamente original. De serie no lleva luz de posicion porque siempre lleva cruce encendida. Solamente la version con arranque electrico llevaba posicion, ya que disponia de bateria. La respuesta es tan poco aclaratoria como decir «buscate la vida». Supongo qué haceis lo mismo cuando el freno delantero de todas las Vespas de freno de tambor no da luz de freno (ya me ha pasado).
Uno
Publicado en 20:07h, 07 marzoMontar luces LED de posición NO incumple ningún reglamento, ya que en ninguna parte de la Homologación del vehículo por parte del fabricante, especifica la necesidad de la lus de tipo Incandescente.
Siendo esta, una luz tipo piloto delantenro de fácil sustitución y que no comporta MODIFICACIÓN del sistema electrico del mismo.
Así que lo que deberíais hacer, es formar más a vuestro personal, y a vuestros jefes de equipo, que en muchas ocasiones, tienen una formación muy deficiente, y un escasa orientación de servicio.
Así como una absoluta arbitrariedad de criterio en función de comunidad, empresa y mucho más grave, de estación.
De lo del criterio, además tendria que hablarse laro y tendido, dado que este servicio es para asegurarse que los coches que circulan son seguros para los demás. NO para el propio conductor.
Habría que insistir en la DGT, que los criterios de inspección son absolutamente surrealistas.
Un vehículo con unas láminas tintadas NO homologadas FALTA GRAVE.
Un defecto de rotura en el triangulo de suspención delantero FALTA LEVE.
No hay un criterio serio más allá de las leyes que los políticos quieran colocar. La falta de las láminas es grave, porque son de un plastico que puede arder….¿en un vehiculo con todo el interior de plástico ABS?¿En serio?
Las faltas graves y muy graves, deberían ceñirse EXCLUSIVAMENTE a defectos que amenacen inminentemente la seguridad de la vía publica.
No se puede permitir que porque un político (Aznar), tubiera un «amiguete» que fabrica láminas tintadas, cree una ley a su medida y las ITV deban revisar esas cosas.
NO. La ITV esta para asegurar que los vehículos que circulan son seguros PARA LOS DEMAS.
No que lleven unas laminas titadas no homolgadas, que debería ser una FALTA LEVE, así como luces LED de posición, o limpia parabrisas que no limpian bién.
Cuando se revisaban los amortiguadores (ahora no se hace, a saber), yo he pasado con amortiguadores ABSOLUTAMENTE ROTOS y sin presión y JAMÁS fue falta grave, de hecho ni fué falta siquiera.
Pero, eso sí, unas láminas tintadas, buf! muuuuuy peligroso.!!!!
Seamos serios.
En lo de la iluminación de automoción el caso es aún más anacrónico de que la UE ha prohibido ya la fabricación de luces incandescentes y halógenas, por su impacto económico y demás, pero en automoción seguimos poniendo pegas a la innovación
Ademas, señores de la ITV, unas lámapras LED Homologadas por la UE, para el USO EN AUTOMOCION son de facto LEGALES, por normativa.
Asi que espabilen.
David
Publicado en 05:48h, 28 noviembreHola.
Tengo un remolque caravana.
¿Sería posible sustituir todas las luces de posición delanteras traseras y laterales, también los gálibos, por bombillas LED utilizando el faro original? Es para reducir el consumo de luz al coche.
Gracias
@applus
Publicado en 09:47h, 17 diciembreHola David. Solamente está permitido sustituir grupos ópticos laterales y traseros de incandescencia por otros de sistema LED debidamente homologados y situados en el emplazamiento original. En cualquier otro caso es necesario tramitar la modificación como reforma aportando informe de conformidad y certificado de taller.
Marcos Tatay Perea
Publicado en 18:03h, 23 abrilMuy buenas, segun veo en vuestro blog, en las motos no es necesario la luz de posición pero las de corto y largo alcance si.
Deduzco que podría ir a pasar la ITV con la luz de posición fundida si funcionan correctamente las de corto y largo alcance?
Un saludo y muchas gracias por su respuesta de antemano
@applus
Publicado en 10:31h, 06 agostoEl no funcionamiento de las luces de posición está considerado defecto y, por ello, debe ser reparado. En particular, si no funciona ninguna luz de posición es defecto grave (resultado desfavorable) mientras que si solo es alguna, el defecto es leve.
Marta
Publicado en 09:33h, 10 julioHola buenos días
He tenido que cambiar el piloto trasero del coche por rotura. La cuestión es que el que encontré en el desguace es valido para mi modelo de coche pero el diseño estética es distinto. Puedo pasar la itv con los pilotos traseros con diseño distinto? Gracias
@applus
Publicado en 10:31h, 06 agostoHola Marta. Puede cambiar el diseño siempre que no cambien las características ni la ubicación.
Aldo Garví
Publicado en 11:09h, 01 septiembreBuenos días, tener una bombilla de luz de día fundida es motivo de no pasar la itv??
@applus
Publicado en 22:06h, 25 octubreHola Aldo. Que no funcione una o ninguna luz diurna está considerado como defecto leve. Saludos
Beatriz
Publicado en 17:21h, 07 diciembreBuenas tardes, si la óptica trasera funciona correctamente y las bombillas están perfectas, pero me falta el protector de plástico transparente que la cubre, puedo pasar la revisión?
@applus
Publicado en 13:40h, 17 diciembreHola Beatriz. Depende de la óptica: Si el protector no hace de deflector, no existen aristas ni riesgo de desprendimiento y el color de la luz emitida es el reglamentario, no parece haber defecto. Si no cumple alguna de estas condiciones, implicaría defecto grave, por tanto, inspección desfavorable. Saludos
Javier
Publicado en 19:00h, 21 eneroBuenas, Queria consultar si es obligatorio que el intermitente del retrovisor funcione para pasar la Itv. Ojo los 4 intermitentes si funcionan.!!! Hablo solamente de unos de los intermitentes del retrovisor. gracias.
@applus
Publicado en 10:44h, 06 abrilHola Javier. Como norma general los intermitentes de los retrovisores se consideran luces de intermitencia lateral complementaria. En caso de que estas luces no funcionen el defecto a marcar es leve. Un defecto leve no impide que la inspección sea favorable, pero sí obliga a su reparación una vez superada la inspección. Saludos
Rocio Gomez
Publicado en 12:45h, 21 febreroHola! Mi coche tiene mal una «luz diurna» ,pero en el taller me han dicho que por falta de stockaje, tardarán en llegar. Tendré problemas al pasar la itv? Gracias
@applus
Publicado en 10:43h, 06 abrilHola Rocío. En caso de que no funcione alguna luz el defecto que se marcará es leve. Los defectos leves no impiden que la inspección sea favorable, pero sí obligan a ser reparados una vez superada la inspección. Saludos
Aaron
Publicado en 14:49h, 17 marzoHola, tengo una duda respecto a la iluminación de mi motocicleta. Cuando presiono el freno delantero, la luz trasera ilumina como debe ser, pero si hago lo mismo con el freno trasero, este no recibe señal y por ello no se enciende la luz de frenado. En resumen, solo se enciende con el freno delantero. A parte de ese detalle, en posición y en cruce funciona sin problema. ¿Puedo pasar ITV? ¡Gracias!
@applus
Publicado en 09:59h, 06 abrilHola Aaron. Las luces de frenado deberán encenderse al accionar cualquiera de los mandos de servicio manetas o pedal en vehículos matriculados a partir del 01/11/99. En el caso de ciclomotor de dos ruedas con homologación anterior al Reglamento (UE) Nº 168/2013, las luces de frenado se encenderán al accionar al menos uno de los mandos de servicio manetas o pedal.
En caso de seguir con dudas le recomendamos acudir con su vehículo a cualquiera de nuestros centros para realizar su consulta. Saludos
Joaquín García
Publicado en 12:35h, 21 marzoHola. Los intermitentes en los retrovisores si están rotos es posible pasar la itv?
Gracias
@applus
Publicado en 09:58h, 06 abrilHola Joaquín. Como norma general los intermitentes de los retrovisores se consideran luces de intermitencia lateral complementaria. En caso de que estas luces no funcionen el defecto a marcar es leve. Un defecto leve no impide que la inspección sea favorable, pero sí obliga a su reparación una vez superada la inspección. Saludos
Marcos Mon Alvarez
Publicado en 14:42h, 08 junioBuenas, he ido esta mañana a pasar la itv con mi moto del 2007, la cual está de serie, y me han puesto una falta grave por no tener luz posición delantera, cuando en el faro no tiene luz de posición , sólo de cruce y largas. Encima me dice el operario de la itv que una solución sería que taladre el faro y coloque una bombilla, eso si que sería ilegal. ¿Qué solución habría? Ya que si la optica de serie no lleva luz de posición, taladrar y hacer una chapuza «no homolagada» no creo que lo sea.
saludos
Juan A
Publicado en 16:50h, 09 agostoHola,
Me gustaria saber si hay algun problema por cambiar los intermitentes de los espejos por unos iguales, pero de encendido «progresivo». Muy utilizados en coches mas actuales.
Gracias.
Julio
Publicado en 17:24h, 25 octubreTengo una duda.
Y si fallan las dos luces diurnas? Defecto grave? Leve?
https://www.caranddriver.com/es/coches/planeta-motor/a58345/itv-iluminacion-coche-defecto-grave/
En esta web pone que para modelos posteriores a julio de 2011 son obligatorias además.